martes, 23 de enero de 2007

CONAP deniega a CGN uso de barcazas en Río Dulce

Por Juan Pablo Ozaeta - Guatemala, 28 de noviembre de 2006
"En cooperación con Inforpress Centroamericana - Inforpress C.A. es una revista semanal de análisis que cubre la región centroamericana, y depende de suscripciones para sus ingresos. www.inforpressca.com".

• Propuesta de CGN en EIA contraviene Ley de Áreas Protegidas
• Posible rechazo del MARN a dictamen de CONAP genera dudas sobre presiones gubernamentales
• Ambientalistas accionarán legalmente si el MARN autoriza paso de barcazas.
El Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP) declaró No Procedente el Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), presentado por la Compañía Guatemalteca de Níquel (CGN) que pretende atravesar barcazas con material industrial y minero, en el Parque Nacional Río Dulce, declarado como Área Protegida. La decisión satisface a los ambientalistas, pero a la vez les preocupa, puesto que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) tiene la potestad para aceptar o rechazar la resolución de CONAP. Si lo último sucede, los activistas amenazan con tomar acciones legales.
FALLO CONTRA CGN. El CONAP emitió un dictamen técnico que declara improcedente el estudio de EIA , del Proyecto Actualización y Ampliación de la Planta de Proceso de Níquel , de CGN , subsidiaria de Skye Resources.
En dicho EIA se contempla un aproximado de 25 desplazamientos durante 10 meses, por el Parque Nacional Río Dulce a través de barcazas con maquinaria pesada, para la fase de construcción.
Debido a que este Parque es área protegida, al CONAP le corresponde dictaminar respecto a cualquier actividad extractiva que se busque realizar en esta zona. De tal manera que la medida tomada tiene su base legal en el Acuerdo Gubernativo No 182- 93, a través del cual se emitió el Reglamento de Zonificación, Uso y manejo del Área Protegida Río Dulce.
Éste establece como una prohibición Desarrollar actividades industriales y de extracción inclusive minera y petrolera que afecten el ecosistema del Área Protegida . Asimismo, prohíbe cualquier actividad… que afecte la ecología del Área Protegida Río Dulce .
En su dictamen, el CONAP hace un análisis del EIA presentado y toma como referencia una resolución emitida por la misma entidad, en la que se declara improcedente la utilización de barcazas para el transporte de madera de la empresa Forestal Simpson (Inforpress 1667).
Otro aspecto que justifica la resolución emitida fue la protección del manatí. La Hydrilla Verticillata es otro elemento que influyó en la opinión vertida por la entidad rectora de las áreas protegidas. Adicionalmente, existe otro elemento del cual se hizo mención; el impacto visual de la actividad.
En el de su EIA , esta compañía tiene previsto utilizar barcazas de 61 metros , movidos por un remolque de 20 metros , custodiados por dos lanchas líderes de 7 metros .
Eloyda Mejía, de la Asociación Amigos del Lago de Izabal, dijo a Inforpress que ante la afluencia del turismo, si se suma las actividades mineras, se afectaría a una cantidad importante de pobladores de la zona, quienes verían reducidas sus capacidades para pescar en el área. La pesca, según el EIA de CGN es la actividad principal o secundaria del 85% de la población de la zona.
Mejía indicó que de permitirse el uso de Río Dulce para la fase de construcción del Proyecto Fénix , de la CGN , se correría el riesgo que luego quieran transportar los minerales por esa misma ruta. En el EIA , se tiene contemplado desplazar el ferroníquel, vía acuática, desde El Estor hacia Mariscos.
Por no atravesar el área protegida de Río Dulce, el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales ya no recurrió al CONAP para opinar sobre esta ruta.
¿PRESIONES GUBERNAMENTALES? El dictamen emitido por CONAP, es visto satisfactoriamente por los grupos ambientalistas. Pero al mismo tiempo los pone en alerta, puesto que la última palabra la tiene el MARN , entidad que aún se encuentra evaluando el Estudio.
En tanto, Carlos Noriega, del MARN dijo a Inforpress : El CONAP es un insumo más en el proceso de evaluación, nada más, haciendo referencia a que ellos tienen toda la potestad para aprobar o improbar el EIA de la CGN .
Al respecto opinó Yuri Melini, del Centro de Acción Legal Social y Ambiental (CALAS). En su criterio, el dictamen de CONAP no puede ser solamente una opinión, porque la ley prohíbe las actividades industriales en áreas protegidas. Por tanto, si el MARN tomara una posición contraria a la de CONAP estaría violando la Ley.
Este impasse revive las sospechas de que pudieran haber presiones gubernamentales dentro de las instancias rectoras de los temas ambientales para favorecer las actividades extractivas (Inforpress 1682).
Asimismo, cabe recordar que recientemente la Cámara de Industria Guatemalteca (CIG) interpuso un recurso para disolver la Ley que daba vida al CONAP (Inforpress 1673).
Anterior a esto, fue de gran polémica la destitución de Ana Luisa Noguera, como secretaria ejecutiva del CONAP, quien fue removida por Sergio Véliz, quien previo a asumir este puesto fungió como viceministro de Recursos Naturales y de Medio Ambiente.
La designación fue causa de señalamientos al presidente Óscar Berger, de mover sus piezas a favor de proyectos extractivos que favorecieran los intereses de sus allegados.
A este respecto, Véliz volvió a negar esa posibilidad, y afirmó que para la emisión del reciente dictamen no fue presionado por ningún ejecutivo. En tanto, es de destacar el papel que jugó la representante ante el CONAP del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Vivienda (MAGA), Patricia Monge.
Si bien Véliz indicó que el CONAP tomó su postura en relación al EIA de CGN por unanimidad, en el acta donde se discutió el tema se evidencia que la posición de Monge es que el CONAP debiera permitir las actividades industriales en zonas protegidas.
Monge trabaja en el MAGA en el área de comunicación social, y también realiza estas mismas labores dentro del sector empresarial.
En tanto, a Melini no le queda duda que siguen habiendo presiones hacia CONAP , y persiste en sus sospechas que en las esferas de gobierno se está buscando cambiar la resolución emitida por esta entidad.
PERSISTEN DIFICULTADES EN CGN. Véliz recalcó que sería una incongruencia que el MARN no avalara lo que dijo CONAP , puesto que el titular de dicha cartera es quien preside el Consejo.
Sin embargo, se prevé que de aprobar el MARN el posicionamiento de CONAP, a CGN le quedaría la posibilidad de transportar sus materiales por vía terrestre.
No obstante, Véliz hizo la observación que el EIA no presentó la alternativa terrestre para el transporte del material industrial. En efecto, el Estudio lo descarta argumentando que la Reglamentación terrestre permite solamente un peso de 57 toneladas métricas, lo cual representa únicamente el 45.8 del peso que desean desplazar en las barcazas.
De tal manera que, el dictamen de CONAP propone que se seccione el peso del transporte y se desplace el material vía terrestre. Pero esto también hace prever más dificultades para la CGN , porque implica ampliar carreteras. Los pobladores de la zona han dicho muchas veces que no van a ceder sus terrenos para este fin, dijo Mejía .
Melini recalcó que si el MARN da una aprobación al EIA , obviando las disposiciones de CONAP , entablarán un proceso legal para detener la actividad minera en el área protegida.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Estimados amigos de Incidencia, les ruego publicar en los artículos que republiquen la siguiente frase: "En cooperación con Inforpress Centroamericana - Inforpress C.A. es una revista semanal de análisis que cubre la región centroamericana, y depende de suscripciones para sus ingresos. www.inforpressca.com". Se que tomaron el texto de Albedrio.org, pero con ellos tenemos el acuerdo de republicación. Gracias.